martes, 13 de marzo de 2007

GESTION EDUCACIONAL

Educación Municipalizada
¿En Vías De Extinción?

A pesar de que los propósitos y los resultados educacionales de los establecimientos del estado, tuvieron una muy amplia aprobación ciudadana durante los primeros ciento cincuenta años de nuestra historia como país independiente1 a partir de 1980, en Chile se transfirió la administración de los establecimientos educacionales públicos a los municipios y se incentivó la provisión de servicios educativos por parte del sector privado. Así se conformaron tres tipos de colegios o dependencias: municipalizados, particulares subvencionados y particulares pagados, que conforman distintas alternativas de provisión /financiamiento público o privado de los servicios educacionales2, descentralizando al Estado.
¿Es eficiente, eficaz, efectiva y relevante la gestión de la educación municipalizada?. Esta premisa ha liderado la portada de los medios de comunicación masivos en los últimos años en nuestro país.
La viabilidad de la organización educativa se liga a la orientación y sistematización de las acciones que permiten lograr sus objetivos educacionales.
¿Cuál ha sido la capacidad real de los municipios para obtener el máximo beneficio para el logro de sus metas?. Existen problemas de organización en la administración de la educación para lograr su principio de eficacia que es “educación para todos”; tienen por ejemplo un tamaño que no satisface la demanda educativa de las comunas.

El Estudio de diagnóstico y análisis de factibilidad de la administración municipal conjunta de los servicios de educación y salud en las municipalidades chilenas, identifico beneficios potenciales de la administración conjunta como “existencia de economías de escala en los gastos de administración, aumento de la capacidad municipal para diseñar, acrecentamiento de la calidad del servicio según tamaño de población atendida , presentar y gestionar más proyectos, existencia de mayor poder de negociación en adquisiciones, optimización de la distribución territorial de los recursos”3 entre otros, pero a pesar de tomar estas medidas no es posible afirmar que una administración compartida de mayor tamaño en el caso de educación que se traduzca en ganancias de eficiencia y aumentos de la calidad del servicio, de hecho el ahorro es mínimo. Sin embargo aplicar esta administración conjunta traería consigo una concentración de la toma de decisiones en los municipios mismos, además de potenciales elevaciones de costos de planificación, organización, dirección y control. dificultando la inspección de los colegios.

Debe considerarse a los establecimientos como empresas que poseen unidad técnica – económica y unidad social, ya que son sistemas que entregan un servicio que responde a una pauta educativa frente a dos tipos de clientes estudiante y apoderado. Estos últimos presentan una clara discriminación hacia la educación municipalizada. Si bien es cierto el propósito de la Ley N° 19.979, exige que se integre un 15% de alumnos de familias de escasos recursos a los colegios subvencionados merma en ideal la discriminación socio económica a la que se ven enfrentados los estudiantes de la clase baja del país ¿es acaso fácil identificar a los alumnos que están en riesgo social o económico y que deseen asistir al establecimiento?. Por otro lado, ¿es conveniente que las escuelas municipales tengan que recibir sin enmienda alguna a los alumnos que expulsan sostenedores privados por problemas de conducta o rendimiento académico bajo?. Estas son las injusticias que desvalorizan la educación municipalizada y hace que cada vez sea menor su población escolar.

La eficacia de la educación municipalizada se refleja con claridad en los resultados obtenidos en la Prueba de Selección Universitaria (PSU) aplicada en diciembre 2006. En la modalidad municipal el 58.4 % obtuvo sobre cuatrocientos cincuenta puntos , en comparación con el sector particular subvencionado que alcanzo el 69.4 %, ambos en el 2006. Pero la brecha crece en el año 2007 consiguiendo el sector municipalizado el 57.63 %, muy debajo del 70.16 % logrado por los establecimientos particulares subvencionados del país. Estos datos vislumbran un aumento de la población escolar que rinde la PSU en el sector municipalizado, sin embargo se contrapone al detrimento del porcentaje de puntajes mínimos de postulación de los mismos.4

Cabe preguntarse ¿cuan efectiva es la eficacia de la educación municipalizada?. La efectividad de los municipios respecto de su eficacia responde aceptablemente a las demandas de sus clientes, pues el servicio entregado no promueve el mejoramiento de la calidad de vida en representaciones de un capital cultural logrado y aprovechable. Además de satisfacer de manera desigual las necesidades socioeconómicas de sus estudiantes al entregar una subvención estándar. Sin embargo ¿tiene un grado de pertinencia cultural cada municipio con su comuna?, pues sino de que otra forma supliría las necesidades presentadas hasta la fecha si la respuesta no fuere afirmativa.

Concluyendo, la gestión de la educación municipalizada esta un nivel de suficiente, hay mucha materia que tratar y mejorar, comenzando por extinguir la dicotomía entre el municipio en sus funciones administrativo financieras y el MINEDUC en sus funciones técnico pedagógicas. Esto con el objeto de crear una política educativa conjunta incluyendo todas las etapas del proceso administrativo, vale decir en su planificación, organización y coordinación, dirección y control.
Además de instaurar normativas de supervisión para la calidad de la educación en todos los colegios, independiente del sector al que pertenezcan pues trabajan bajo la noble premisa de entregar educación a un sujeto, la cual perdurara toda su vida y así alcanzar la formación integral del ser humano que tiene estancia en sus aulas de acuerdo con el articulo vigésimo sexto, inciso uno y dos de la Declaración Universal de los Derechos humanos5.

Se debe asegurar la educación de todas y todos los ciudadanos en cualquier establecimiento, pues serán en un ideal todos iguales. Por lo tanto, cuando la demanda exceda las vacantes disponibles, los establecimientos que deseen ser subvencionados deberían asignar "al azar" los nuevos ingresos sin perjuicio de respetar el acceso de los estudiantes aceptados6., verificando si tienen problemas severos de aprendizaje con el objeto de integrar a esos estudiantes en riesgo social a través de proyectos.

La Entidad Administradora de Educación Pública debería tener entre otras funciones establecimientos con una naturaleza jurídica en ideal sin fines de lucro mas que para funcionamiento del mismo. Garantías, carácter y responsabilidad de acuerdo a la ley vigente. Exigencias académicas de los profesionales de la educación que trabajan en su empresa. Aseguramiento de la calidad de la educación a través de un Proyecto Educativo Institucional (PEI), de acuerdo a las exigencias mínimas de Objetivos Fundamentales (OF) y Contenidos Mínimos Obligatorios (CMO) descritas en los planes y programas del MINEDUC. A su vez debería hacerse una cuenta publica de carácter obligatorio al termino de cada año lectivo.
Y finalmente una de las cosas mas importantes que es necesario desaparecer de la faz de la Tierra Chilena precaver la selección de estudiantes y discriminación arbitraria que va contra el articulo primero de la Declaración Universal de los Derechos humanos7.


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